Transparencia, información pública

y participación ciudadana

11 de Abril de 2008
 

 

 

 

 

Boletín N° 22

03/04/2008

 

 

 

Para conflictos complejos, decisiones participadas

 

 

 

Las democracias representativas, tal cual las conocemos con sus parlamentos y poderes ejecutivos, fueron diseñadas para procesar conflictos simples en sociedades simples, allá por el siglo diecinueve. Con el correr de las décadas, las sociedades se volvieron complejas y sus conflictos también.

En este contexto las instituciones de la democracia representativa suelen rechinar frente a conflictos que presentan una complejidad desafiante. Allí donde la política reina y las instituciones son fuertes, el sistema procesa las dificultades más rápido. ‘Aquí’ donde la política no reina y las instituciones son débiles, el sistema no resuelve los problemas con tanta rapidez. Es más, tarda tanto en procesar estos conflictos complejos que no sólo rechinan las instituciones, sino que se degradan aún más.

Frente a conflictos simples, respuestas simples. Frente a conflictos complejos, respuestas complejas. Esto sucede en la Argentina de hoy, donde el conflicto planteado desde hace un tiempo, es difícil. Y frente a un conflicto complejo se presentó una respuesta simple, que ni siquiera contempló la etapa legislativa de un proceso de toma de decisiones básico. Y sí, todo rechinó.

¿Es deseable y viable que los conflictos complejos de una sociedad democrática compleja se procesen unilateralmente y de manera inconsulta? ¿Debe un gobierno legítimo abrirse a la consulta de la sociedad? ¿Qué se lo impide?

Cuando las instituciones representativas no son suficientes, aunque importantes y hasta ahora irremplazables, es recomendable la implementación de procesos de decisión colectivos, a través de instancias que garanticen la participación, como mínimo, de los actores afectados. Como bien se dijo, cuando las instituciones deciden establecen barreras de exclusión e inclusión. Sin embargo, es más cierto decir que cuando ese proceso resolutivo se basa en el otorgamiento de voz y escucha activa de los afectados, la decisión crece en legitimidad y las instituciones se fortalecen.

El Presidente Kirchner reguló en 2003 el procedimiento de elaboración participada de normas y de audiencias públicas, entre otros, en el ámbito del Poder Ejecutivo. Vale la pena cerrar esta nota con la cita textual de los fundamentos principales de aquella regulación y recordarles, a los que deciden, su existencia. De este modo, si lo consideran oportuno, podrían utilizarla como mecanismo combinado de dispositivos participativos, que ayuden a fortalecer a nuestras instituciones democráticas y a demostrar que es posible gobernar de otro modo, con la autoridad de una conversación estratégica con la sociedad:

“Que constituye un objetivo de esta administración fortalecer la relación entre el Estado y la Sociedad Civil, en el convencimiento de que esta alianza estratégica es imprescindible para concretar las reformas institucionales necesarias para desarrollar una democracia legítima, transparente y eficiente.

“Que para lograr el saneamiento de las Instituciones debe darse un lugar primordial a los mecanismos que incrementan la transparencia de los actos de gobierno, a los que permiten un igualitario acceso a la información y a los que amplían la participación de la sociedad en los procesos decisorios de la administración.”
 

 

Laura Alonso
Directora Ejecutiva