EJEMPLAR CONDENA A UN
“PSEUDOPERIODISTA” Y A UN
CANAL QUE FOMENTA VIOLENCIA!

21 de Abril de 2009

La empresa Voitionis S.A., de Daniel Hadad, licenciataria de Radio 10, y el conductor Angel Etchecopar ("Baby") fueron condenados civilmente a pagar a Nicolás Gallo, ex secretario general de la Presidencia, durante la gestión de Fernando de la Rúa, la suma de $ 100.942 en resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados por las expresiones de Etchecopar en su programa El ángel del mediodía, que se emitía en 2002.

De la sentencia surge que las expresiones de animador radial "no importaron el ejercicio regular de su derecho de libre expresión y a brindar información a través de la prensa".

En 2002, poco después de la renuncia anticipada de Fernando de la Rúa a la presidencia, Etchecopar arengó a la audiencia, a través de su programa, a ir a buscar a Gallo, quien se encontraba en la costa atlántica, para propinarle "patadas, cachetadas y trompadas".

Para los jueces, la actitud del animador radial fue "una maniobra destinada a menoscabar el honor y la honra del actor (ingeniero Gallo) y de generar una lesión a sus sentimientos más íntimos". La agravante del comportamiento que la sentencia atribuye a Etchecopar es que el período por el cual se extendieron sus "acusaciones y expresiones injuriantes contra Gallo" fue de casi nueve meses.

El fallo obliga a Radio 10 a dar lectura, por la emisora, a una síntesis de la sentencia que incluya los fundamentos y el monto de la condena solidaria, vale decir, que obliga por partes iguales tanto a la radio del empresario Hadad como al animador radial.

De acuerdo con el compromiso de pago asumido por la licenciataria de Radio 10, la indemnización por daños y perjuicios será pagada a Gallo en cinco cuotas, la primera de las cuales venció a principios de ese mes. El acuerdo incluye que en diez días hábiles, que se vencen el próximo lunes, Radio 10 tendrá que dar lectura de la sentencia en el programa que actualmente conduce Etchecopar. En sede penal, el animador fue sobreseído. DyN.