CAE "MEGACAUSA"
CONTRA 350 SINDICALISTAS
POR U$S 285 MILLONES

04 de Diciembre de 2008
 

Califican de "grave" la caída de la megacausa contra más de 350 jefes sindicales

El abogado Monner Sans, denunciante del caso, criticó el fallo que cerró una investigación por desviación de fondos para obras sociales; "si alguien no tiene nada que ocultar, no debería escudarse en el Código Penal", dijo a lanacion.com

Califican de "grave" la caída de la megacausa contra más de 350 jefes sindicales

Indignación e impotencia. Las sensaciones conviven en el tono y el relato de Ricardo Monner Sans, el abogado que hace menos de una semana vio como se caía a pedazos una investigación judicial iniciada por una denuncia suya: la Cámara de Casación Penal dictó un fallo que se convirtió en el primer paso para cerrar una megacausa que involucra a más de 350 jefes sindicales y al ministro de Trabajo, Carlos Tomada.

El abogado no sólo cuestionó técnicamente el criterio de la Cámara para disponer la prescripción del caso y disponer el sobreseimiento de una decena de dirigentes del gremio telefónico, que abrió el camino para que el resto de los imputados corran la misma suerte. También criticó el mensaje que, no dudó, subyace en la decisión judicial de la que La Nación da cuenta en su edición de hoy.

"Cuando alguien no tiene nada que ocultar, no necesita escudarse en una ubicuidad del Código Penal para zafarse de la rendición de cuentas de cifras monstruosas originalmente recibidas para mejorar la capacidad de operación de las obras sociales. Es grave que la Justicia haya salvado a los Gordos", disparó Monner Sans en diálogo con lanacion.com.

La causa. Se refirió así al eje de la causa que su denuncia permitió impulsar y que hoy, 12 años después, quedó en la nada: una investigación por el desvío, entre 1996 y 2000, de un crédito del Banco Mundial (BM), otorgado durante el gobierno de Carlos Menem, por 285 millones de dólares, destinado a modernizar y sanear las obras sociales sindicales.

En la causa estaban acusados, y ya tenían fecha para presentarse ante la Justicia para ser indagados, Juan José Zanola (bancarios), Armando Cavalieri (mercantiles), Gerardo Martínez (construcción), Antonio Cassia (petroleros), José Luis Lingeri (Obras Sanitarias), Gerónimo Venegas (rurales), Diógenes Salazar (telefónicos), Dante Camaño (gastronómicos) y Jorge Horacio Menem (correos), entre otros jefes sindicales. Aunque sin fecha fijada, Tomada también estaba citado a declarar como sospechoso por ser dueño de una empresa receptora de parte de esos fondos.

También estaba acusado Tomada, que, aunque sin fecha fijada, estaba citado a declarar como sospechoso por ser dueño de una empresa receptora de parte de los fondos.

La prescripción en la mira. Sin medias tintas, Monner Sans cuestionó que los jueces de Casación hayan dictado la prescripción. "Lamento mucho que alguien tenga que recurrir a la prescripción para tratar de salvarse de reproche penal. Y más aún, cuando se trata de fondos de afiliados de entidades concebidas para solucionar problemas de salud", planteó.

Concretamente, los jueces de Casación dieron curso a pedidos de prescripción que habían sido rechazados en primera instancia por el juez federal Norberto Oyarbide. El magistrado había considerado que lo que estaba en investigación era un caso de peculado, un delito que contempla un plazo de prescripción de diez años, equivalente a la pena máxima prevista para ese crimen.

Esa decisión fue confirmada por la Sala II de la Cámara Federal, en noviembre del año pasado. Pero los sindicalistas apelaron, por medio de un recurso extraordinario y la Sala III de la Cámara de Casación les dio la razón, con el argumento de que la figura de peculado había sido introducida sólo para evitar la prescripción y que lo que correspondía era encuadrar las irregularidades investigadas en el delito de estafa, que prevé una pena máxima de seis años.

Calificación y penas. Justamente, uno de los ejes de la argumentación de Monner Sans, radica en este cambio de criterio. "Sigo sosteniendo que estamos ante el delito de peculado y no de administración infiel, contemplado en el artículo 173 del Código Penal", sostuvo.

El eje de la diferencia es la pena máxima de prisión prevista en cada caso, que es a su vez, la cantidad de años en la que se considera prescripta la acción penal. Si la conducta de los sindicalistas investigados hubiese seguido siendo evaluada bajo la figura de peculado, ese período sería de 10 años y, considerando que la causa se inició en 2002, la prescripción no sería aún posible.

Al cambiar la Cámara la calificación al delito de defraudación, el plazo de prescripción se redujo a seis años.

Pocas chances. Por otra parte, Monner Sans advirtió que la decisión de Casación "se da de bruces" con el fallo de la Corte Suprema que dictó la libertad sindical. "Estamos ante andariveles distintos, en un caso el derecho penal y en el otro la libertad sindical, pero, desde el punto de vista filosófico se podría decir que la puerta que abrió la Corte debería achicar estos manejos innobles por parte de los directivos de gremios de obras sociales".

Enseguida, graficó su reflexión: "Si va a haber más gente habilitada para representar a los trabajadores y peleando contra el establishment ellos mismos deberían ser controlantes para evitar este tipo de irregularidades. Si hubiera habido más sindicalistas no comprometidos con el aparato tal vez esto no hubiera pasado", arriesgo.

Pesimista

Monner Sans admitió que ante el fallo de la Cámara de Casación Penal, que contiene una sentencia firme, los caminos de apelación posibles son pocos. "El fiscal de Casación podría intentar un recurso ante la Corte. Quisiera seguir siendo optimista y pensar que esto es posible, pero es cada vez más difícil", admitió.

En el mismo sentido, apuntó que, como denunciante, sus recursos para cuestionar el fallo son nulos. "Mientras siga en pie el artículo 204 del Código Procesal Penal que no permite que los denunciantes seamos parte de las acciones con la misma calidad que los fiscales tenemos que resignarnos a no jugar el partido en la cancha y sólo mirar desde la tribuna". Para Monner Sans el status quo en torno a esta disposición tiene una explicación simple. "Ningún gobierno lo toca porque no le conviene. Las consecuencias podrían ser tremendas", concluyó.

El artículo citado por el abogado establece que "el sumario será público para las partes y sus defensores" y que "será siempre secreto para los extraños".
Por Lucrecia Bullrich De la Redacción de lanacion.com , lbullrich@lanacion.com.ar